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Del Gobierno y sus Dependencias
De la Empresa Privada
LETRAS
DEL TESORO
Creadas
mediante Decreto Nº46 del 14 de Febrero
de 1968. Es un documento negociable, al
portador que devenga interés anual fijado
por el gobierno, en el momento de su colocación.
Pueden ser transferible sólo entre bancos,
se emiten para uso exclusivo del sistema
bancario, relacionado al encaje legal que
establece la ley a estas instituciones.
Forman parte de la deuda pública interna
y el Banco Nacional de Panamá, está encargado
del servicio de amortización de intereses.
Su período de vigencia es de 3 a 6 meses
y se emiten en denominaciones de $100,000.00
o sus múltiplos y devengan intereses del
3% anual, exentos del impuesto sobre la
renta. Son utilizados para cubrir con su
producto, el pago de cuentas contra el Tesoro
Nacional.
VALORES
COMERCIALES NEGOCIABLES (VCN)
Mejor
conocidos, en el mercado financiero internacional,
como Papel Comercial. Son títulos de deuda
de corto plazo, con un plazo menor de
360 días. Generalmente son emitidos por
empresas para financiar sus necesidades
de capital de trabajo.
Características:
Tasa
de Interés: |
Devengan
una tasa de interés determinada por
el emisor, pagadera en intervalos
regulares de tiempo o a su vencimiento.
Otra modalidad en la tasa de interés
son los VCN de cupón cero, los cuales
son vendidos a descuento de su valor
nominal y al vencimiento de los mismos,
el inversionista recibe el valor nominal
del VCN. La tasa de interés en este
caso está representada por la diferencia
entre el precio de compra y el valor
nominal por recibir. |
Garantía: |
Generalmente
los VCN están respaldados por el crédito
general del Emisor, aunque en algunos
casos tienen garantías reales. En
estos casos lo usual es que el emisor
constituya un fideicomiso a favor
de los tenedores de los VCN en donde
endosa y cede a favor de éstos cuentas
por cobrar, efectivo, cartas de promesa
de pago de bancos, documentos negociables,
contratos, inventarios, etc. |
Vigencia: |
Tienen
un plazo de vencimiento menor de 360
días, y usualmente son emitidos en
serie y con plazos múltiplos de 30
días. |
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